Concurso de acreedores: qué es, cuándo conviene y cómo se tramita

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Introducción: cuándo hablar de concurso

El concepto “concurso de acreedores” suele asociarse a cierre o fracaso, pero en realidad es un mecanismo de protección cuando una empresa, autónomo o persona física ya no puede atender sus pagos con normalidad.

En Curia Concursal SLP, despacho especializado en derecho concursal en Barcelona, utilizamos el concurso como una herramienta para ordenar la insolvencia, frenar ejecuciones y, cuando es posible, salvar negocio y empleo.

¿Qué es el concurso de acreedores?

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que se inicia cuando una empresa o persona se encuentra en estado de insolvencia, es decir, cuando no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago.

A través del concurso se:

  • Identifica toda la masa activa (bienes y derechos).
  • Determina la masa pasiva (acreedores y deudas).
  • Intenta alcanzar un convenio con quitas y esperas.
  • Y, si no es posible, se procede a la liquidación ordenada.

Puedes ampliar contenido en la categoría Concurso de acreedores y en nuestra sección de asesoría legal concursal.

¿Quién puede y quién debe solicitar el concurso?

Pueden solicitar concurso tanto sociedades mercantiles como autónomos y personas físicas con actividad económica o deudas relevantes.

En determinadas situaciones existe incluso la obligación legal de solicitar concurso en un plazo concreto desde que se conoce la insolvencia. No hacerlo puede derivar en responsabilidades para el órgano de administración.

Por ello es clave que administradores y autónomos endeudados consulten cuanto antes con un abogado concursal especializado.

Tipos de concurso: voluntario y necesario

De forma resumida, distinguimos dos grandes tipos de concurso:

  • Concurso voluntario: lo presenta la propia empresa o deudor cuando reconoce su situación de insolvencia. Suele ofrecer mayor margen de maniobra y transmite buena fe al juzgado.
  • Concurso necesario: lo solicita un acreedor cuando aprecia impagos continuados. En este caso, el deudor pierde parte del control de la situación y la posición procesal es más delicada.

Fases básicas del procedimiento concursal

Aunque cada expediente tiene sus particularidades, el esquema habitual del concurso de acreedores incluye las siguientes etapas:

  1. Declaración de concurso: el juzgado admite la solicitud y nombra, en su caso, administrador concursal.
  2. Determinación de masa activa y pasiva: se inventarían bienes, derechos y deudas.
  3. Fase de convenio: se plantea una propuesta de pagos y quitas a los acreedores para intentar la continuidad.
  4. Fase de liquidación: si no es posible el convenio, se procede a la liquidación ordenada de los bienes.

La figura del administrador concursal es clave para supervisar el proceso y velar por el trato equilibrado entre deudor y acreedores.

Ventajas y riesgos de acudir a concurso

Entre las ventajas principales:

  • Suspensión o paralización de muchas ejecuciones y embargos.
  • Marco único para negociar con todos los acreedores a la vez.
  • Posibilidad de conservar actividad, empleo y contratos esenciales.

Entre los riesgos o puntos sensibles:

  • Posible calificación del concurso (fortuito o culpable).
  • Impacto reputacional si no se acompaña de una adecuada comunicación.
  • Responsabilidades para administradores si se actúa tarde o sin rigor.

Por eso es importante valorar también alternativas como el preconcurso de acreedores antes de llegar a una situación límite.

Diferencia entre concurso y preconcurso

El preconcurso de acreedores es una fase previa en la que la empresa comunica al juzgado que atraviesa dificultades y está negociando con sus acreedores. Durante un tiempo limitado se obtiene cierta protección frente a ejecuciones mientras se intenta un acuerdo.

El concurso, en cambio, supone ya la declaración formal de insolvencia y la entrada plena en el procedimiento concursal, con intervención o supervisión más intensa del juzgado y del administrador concursal.

En Curia Concursal SLP analizamos qué opción encaja mejor en cada momento: preconcurso, concurso o incluso la Ley de la Segunda Oportunidad para personas físicas.

Cómo trabajamos en Curia Concursal SLP

Nuestro despacho en Barcelona está especializado en derecho concursal y en la defensa de empresas, autónomos y particulares en situaciones de insolvencia. Habitualmente seguimos estos pasos:

  1. Diagnóstico inicial de la situación económica y jurídica de la empresa o del deudor.
  2. Diseño de estrategia: preconcurso, concurso voluntario, reestructuración o Segunda Oportunidad.
  3. Preparación de la documentación contable, fiscal y contractual necesaria.
  4. Presentación de escritos y defensa en todas las fases del procedimiento.
  5. Acompañamiento continuo a administradores, socios y trabajadores durante el proceso.

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Preguntas frecuentes sobre concurso de acreedores

¿Es siempre el final de la empresa?

No necesariamente. Muchos concursos terminan con convenio y continuidad, sobre todo cuando se actúa con antelación y se presenta un plan realista. El cierre suele llegar cuando se entra en concurso demasiado tarde.

¿Cuándo debo pedir asesoramiento?

Cuando detectes que no podrás atender pagos de forma continuada, no solo puntualmente. Cuanto antes se estudie la situación, más opciones habrá de salvar la actividad o minimizar daños.

¿Es compatible el concurso con la Segunda Oportunidad?

En determinados supuestos, administradores o personas físicas con deudas residuales pueden valorar la Ley de la Segunda Oportunidad una vez terminado el concurso. Es una cuestión técnica que conviene analizar caso por caso.