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Introducción

En el ámbito del derecho concursal existen dos figuras principales para afrontar la insolvencia: el concurso de acreedores y la Ley de la Segunda Oportunidad. Aunque ambos buscan la reestructuración o cancelación de deudas, sus destinatarios y efectos son distintos.

En este artículo, desde Curia Concursal SLP, despacho de abogados en Barcelona especializado en derecho concursal, explicamos las diferencias clave entre ambos procedimientos.

Diferencias principales entre ambos procedimientos

AspectoConcurso de AcreedoresLey de la Segunda Oportunidad
DestinatariosEmpresas y autónomos en activoPersonas físicas y autónomos insolventes
ObjetivoReestructurar o liquidar la empresaCancelar las deudas personales y empresariales
ProcedimientoSe tramita ante el juzgado mercantilSe inicia con mediador y puede acabar con EPI
Resultado finalLiquidación o convenio con acreedoresExoneración del pasivo insatisfecho
Segunda oportunidadNo garantiza la cancelación total de la deudaPermite empezar de nuevo sin deudas

¿Cuándo conviene uno u otro?

Si tienes una empresa activa, el procedimiento adecuado es el concurso de acreedores. Si eres una persona física o autónomo que ya no puede hacer frente a los pagos, la vía más efectiva es la Ley de la Segunda Oportunidad.

En ambos casos, contar con un abogado concursal especializado es esencial para defender tus intereses y evitar responsabilidades personales.

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Preguntas frecuentes

¿Un autónomo puede elegir entre ambos procedimientos?

Sí, dependiendo de si mantiene actividad económica o no. Si ha cesado su actividad, puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿El concurso implica perder la empresa?

No necesariamente. Es posible alcanzar un convenio con los acreedores y continuar con la actividad.

¿La Segunda Oportunidad borra todas las deudas?

Puede cancelar casi todas, incluyendo préstamos personales, tarjetas o parte de la deuda pública.